
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se coloca como una de las instituciones más temidas a la hora de el pago de impuestos y otro tipo de obligaciones fiscales. Sin embargo, el órgano ahora se verá involucrado en la modalidad vehicular para asegurarse de que los conductores se hagan responsables de las multas o infracciones de tránsito.
Con el objetivo de que los ciudadanos acaten las responsabilidades y normas de circulación, la dependencia tributaria ahora tendrá una breve intervención al momento de que los usuarios quieran evadir las múltiples sanciones que se manejan al cometer un ilícito en la vialidad, pues en caso de no realizar la penalización en tiempo y forma, estos podrían enfrentar un complejo procedimiento con el SAT.
SAT: Manejo de infracciones vehiculares
En razón de lo anterior, el Servicio de Administración Tributaria ha establecido ciertos lineamientos para que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones fiscales, entre las cuales también se contemplan a las multas de tránsito que los oficiales emiten diariamente a los ciudadanos que comente algún tipo de penalización.
Como parte de la cotidianidad, algunos conductores son sancionados con multas provenientes de diversas autoridades de seguridad. No obstante, si fuiste multado por la Guardia Nacional (GN), el recibo de cobró deberá efectuarse a la más pronta eventualidad, puesto que en caso de no acatarlo en tiempo y forma, el usuario tendrá que responder con una sanción económica cercana a los 17 mil pesos.

Cabe aclarar que dicho lineamiento aplica en cualquier tipo de multa de tránsito que no sea abonada dentro del plazo establecido por la GN. Al prolongar el pago de la penalización, el SAT emitirá una modalidad para comenzar con un procedimiento de cobranza coactiva, lo cual resultaría sumamente perjudicial para el conductor en cuestión.
Es decir, el Servicio de Administración Tributaria emite un requerimiento de pago formal ante las autoridades correspondientes, por lo que exige de manera puntual el abono inmediato de la posible sanción vehicular. Si el conductor hace caso omiso de dicha advertencia, el órgano también podrá implementar sanciones más severas que involucren a los bienes o el retiro de la licencia de manejo.
¿Qué hacer para evitarlo? Los usuarios involucrados en una situación similar únicamente deberán pagar la multa o sanción establecida antes de cumplir un periodo de 30 días hábiles, con el cumplimiento del monto, los usuarios podrán evitar este tipo de cobranza coactiva que afecte a sus finanzas.
¿Cuáles son las infracciones de tránsito?
Las infracciones son el ‘pan de cada día’ en México, es por ello que el gobierno capitalino hace un llamado a los conductores para acatar la normativa vehicular y de esta forma evitar sanciones económicas en cada uno de sus trámites. Sin embargo, conforme al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, la Guardia Nacional puede imponer multas por diferentes acciones ilícitas de tránsito entre las más comunes se encuentran las siguientes:
- No usar cinturón de seguridad.
- Transportar personas en el lugar destinado para carga
- Realizar maniobras de cambio de carril sin precaución
- No portar las placas o la tarjeta de circulación
- Circular sin placas de circulación.
- Estacionarse en zonas prohibidas.
- Exceder el límite de velocidad.

Para mayor información, la Guardia Nacional puede orientarte marcando al número 088, donde los usuarios podrán obtener la línea de captura para pagar la infracción. También lo puedes hacer en la página oficial de internet y en las oficinas de registro de infracciones de la Guardia Nacional.
Si la infracción se abona dentro de los primeros 15 días tras su levantamiento, los conductores podrán ser acreedores a un descuento sobre el monto total. Además de que hay un descuento adicional del 25% si aceptas la multa y desistes de su apelación.
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